Como hacer materiales las operaciones para el SAT
Blinda tus deducciones, cumple con la razón de negocios y evita la presunción de operaciones inexistentes bajo los Arts. 69-B y 49 Bis del CFF.
Tener una factura (CFDI) y un comprobante de pago bancario ya no es suficiente para deducir ante el SAT.
Con la intensificación de las facultades de comprobación y la entrada en vigor de esquemas de revisión más estrictos (Artículos 69-B y 49 Bis del Código Fiscal de la Federación), la autoridad fiscal presume la falsedad o inexistencia de operaciones si no demuestras fehacientemente cómo, cuándo, dónde y quién realizó materialmente el servicio o entregó el bien.
En materia fiscal, la carga probatoria recae al 100% en el contribuyente. Un gasto mal documentado hoy puede convertirse en un crédito fiscal millonario mañana con multas, recargos y la suspensión del Certificado de Sello Digital (CSD).
Este curso especializado te proporciona una guía técnica, legal y práctica para transformar la contabilidad de tu empresa o despacho de un esquema reactivo a un auténtico sistema de blindaje preventivo.
¿Qué aprenderás en este curso?
Marco Legal y Nuevos Procedimientos: Conoce el alcance real del Artículo 69-B y el Artículo 49 Bis del CFF, las visitas domiciliarias por presunción de comprobantes falsos y cómo prevenir la cancelación de tus sellos.
Sustancia Económica vs. Forma Jurídica: Implementación del postulado básico de Sustancia Económica (NIF A-1) y la justificación irrefutable de la Razón de Negocios en cada transacción comercial.
El Checklist Definitivo de Materialidad: Dominio de los 61 elementos probatorios clave (bitácoras, cartas porte, órdenes de compra, minutas, fotografías con geolocalización, contratos y peritajes).
Defensa Documental de Servicios Intangibles: Cómo blindar operaciones de mantenimiento, comisiones, consultorías y servicios profesionales ante el criterio no vinculativo 44/ISR/NV.
Criterios Jurisprudenciales de Vanguardia: Análisis práctico de las resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) y recomendaciones de la PRODECON (fecha cierta, valor del contrato y expediente laboral).
¿A quién está dirigido?
Contadores públicos, auditores y asesores fiscales.
Directores de finanzas y administradores generales.
Empresarios, socios y accionistas que buscan proteger el patrimonio y la operatividad de sus empresas.
